Durante las últimas décadas el debate ecologista ha señalado al urbanismo disperso como uno de los grandes generadores de impactos ambientales: es cochedependiente, requiere más energía para climatización y movilidad, requiere más agua y recursos, depreda el territorio e impacta negativamente en la biodiversidad. Además, impide que determinados colectivos sean autónomos, destruye la vida de barrio, repercute negativamente en las pymes en pro de las grandes superficies y alcanzada cierta dispersión sus servicios públicos se vuelven económicamente insostenibles.
En ‘El mito legal de la ciudad compacta‘ (2015), Joan Amenós Álamo, doctor en derecho y profesor titular de derecho administrativo en la Universidad Autónoma de Barcelona, recoge y analiza las leyes que trabajan a favor y en contra del urbanismo compacto, así como profundiza en diferentes construcciones ideológicas en relación a la suburbación (dispersión de la ciudad en el territorio, generalmente hacia una menor densidad) y la atribución de ciertos sucesos a leyes.
A través de varias crónicas estadounidenses y europeas, Amenós recuerda que la fracturación urbana en pos de la ciudad difusa no es derivada de determinadas leyes específicas, y que de hecho cuando las leyes europeas y españolas han apuntado a la densidad lo han hecho generalmente en favor de la [necesaria] ciudad compacta. Los corchetes son míos.
Joan Amenós Álamo sabe de leyes, y mucho, y esto se nota en sus textos. Su libro es un excelente compendio altamente documentado sobre la normativa estadounidense y española en su relación (o falta de la misma) con el fenómeno del suburbanismo; y un buen punto de partida al concepto del suburbanismo o densificación urbana desde el punto de vista de las publicaciones legales españolas, con foco en las comunidades autónomas.
Rechina, no obstante, algunas por no decir todas de las conclusiones sobre la dispersión o los preceptos que atribuye a esta modalidad de ciudad [atrofiada]. Dado que la publicación es de 2015, es coherente pensar en el coche eléctrico omo una ‘solución tecnológica’ cuyas ventajas se han demostrado pobres cuando no inexistentes.
Por desgracia, también realiza complejas contorsiones para justificar que «es posible hacer una política de protección del entorno en ese marco legislativo» (el de la ciudad dispersa) aludiendo con alegría a falacias de hombre de paja como que las ciudades más compactas son las que tienen más contaminación. El lector desinformado en las causas de que así sea comprará el ‘argumento’, como por otro lado viene siendo habitual en redes sociales. Además de ser un problema corregible mediante el baneo de los emisores (vehículos y calderas), las emisiones per cápita en el ámbito compacto son notablemente menores que en el disperso, como bien sabrá el autor.
Las falacias del hombre de paja son un ‘argumentario’ típico en el libro, dado que se tiende a señalar posiciones poco documentadas de autores conocidos pero desacertados que aparecen representados como una opinión normativa. No lo son, claro, rebatirles es fácil y parece marcar posiciones en pos del suburbanismo. También es frecuente que mencione pero no profundice en elementos a favor de la ciudad compacta, y que falten fuentes que señalan apoyos al suburbanismo.
Que una persona considere que la definición de criterios urbanísticos sea, literalmente, «entrometerse», dice bastante de su postura sobre la futura definición de los espacios urbanos. Bajo este punto de vista la actuación mediante criterios técnicos es «doctrina» y todo lo que sea fijarlo en una ley un ataque a la libertad y al libre movimiento del capital. Resumiento: bibliografía excelente y altamente recomendadas, conclusiones infumables e injustificables. Dicho esto, el libro es excelente como bibliografía.
De hecho, se da la particularidad de que el volumen es fantástico para encontrar literatura que apoya precisamente lo contrario de aquello que espera defender el autor. Y en este sentido me ha sido de gran ayuda en mi labor de investigación. No olvidemos nunca que preservar el medio ambiente es una máxima a la que queda supeditada la economía, y no al revés, y que no es posible aumentar la calidad de vida a costa de los servicios ecosistémicos.
Como punto de partida para entender algunas relaciones y derivas de las leyes en materia de compactación urbana, ‘El mito legal de la ciudad compacta‘ es una aproximación estupenda, siempre y cuando el lector sepa separar opinión de hecho.
No hay comentarios